La residencia de personas mayores Amavir Reus organizó una jornada técnica dirigida a trabajadores sociales en la que se abordó sobre el futuro del sector de los cuidados en Cataluña y el ejercicio de la capacidad jurídica en personas con discapacidad y las medidas de apoyo.
Este encuentro sobre el sector de los cuidados, que contó con la asistencia de una treintena de personas, tuvo como ponentes a Antoni Vidal, director general de la patronal ACRA (Associació Catalana de Recursos Assistencials) y María José Rodríguez Becedas, directora jurídica de Amavir.
Antoni Vidal, el primer ponente, alertó que el sector de atención a personas mayores se está enfrentando a un triple reto. El primero, el progresivo envejecimiento de la población, que crece al año un 2,34%, así, el número de personas mayores se doblará en los próximos años, lo que también incrementa en gran medida el nivel de dependencia.

En Cataluña, por ejemplo, el número de mayores de 80 años pasará del 5,8% en 2024 y en el 2050 sobrepasará al 10,4%. Ello supone que «la atención a la dependencia será esencial para garantizar un estado del bienestar que responda a todas estas necesidades, especialmente las de las personas más vulnerables».
El segundo reto es la infrafinanciación del sistema. Como expuso en su ponencia, las tarifas públicas han estado congeladas entre 2012 y 2017 y los incrementos que se han producido desde entonces han estado muy por debajo del crecimiento de la inflación. En España, se emplea solo el 0,96% del PIB a dependencia, cuando la media europea está en el 1,55% y, según los expertos, debería situarse alrededor del 2%. Esta infrafinanciación lleva a largas lista de espera.
El tercer reto es la falta de profesionales sanitarios y de atención directa. Se calcula que entre el 2034 y el 2036 harán falta 100.000 profesionales en todo el país, unos 20.000 en Cataluña. Según Antoni Vidal, resulta urgente encontrar solución a este problema, que afecta no solo a las residencias sino también al sistema sanitario.
En conclusión, y como subrayó, «si no se hace frente a estos retos es muy probable que nuestro estado del bienestar, tal como lo conocemos, acabe colapsando. Necesitamos más financiación, más profesionales, más integración sociosanitaria y más cooperación entre la iniciativa pública y privada».
Ejercicio de la capacidad jurídica
Por su parte de María José Rodríguez Becedas, directora jurídica de Amavir y segunda ponente, centró su intervención en las medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica, abordando aspectos clave derivados de la aplicación de la Ley 8/2021, de 2 de junio, una normativa que introduce importantes cambios en la legislación civil y procesal para garantizar la protección y los derechos de las personas con discapacidad.
Se analizaron figuras como la guarda de hecho, la curatela asistencial y representativa, el defensor judicial, la autocuratela y los poderes y mandatos preventivos. Además, debetieron diversas cuestiones prácticas surgidas en los centros de mayores a raíz de la aplicación de la nueva ley.
Entre los temas que se tocaron, destacó la disparidad de criterios entre distintas fiscalías y partidos judiciales en relación con la necesidad de solicitar la ratificación judicial del internamiento involuntario, especialmente en casos donde hay un guardador de hecho o cuando una persona residente en un centro pierde repentinamente su capacidad de decisión.
También fueron objeto de debate los procedimientos adecuados para presentar solicitudes de ratificación judicial, en la que se incluye la viabilidad de que dichas peticiones sean realizadas directamente desde la residencia o si deben ser tramitadas únicamente por familiares o curadores de hecho.
Otro de los puntos clave abordados fue el protocolo a seguir en situaciones de internamiento involuntario por urgencia, así como los requisitos para la elaboración de informes sociales por parte de los trabajadores sociales.
También se examinaron en esta jornada de Amavir Reus los casos en los que resulta imprescindible iniciar un procedimiento judicial para la adopción de medidas de apoyo y otras cuestiones que pueden requerir intervención judicial, como la necesidad de establecer restricciones a la salida del centro o regular las visitas de determinadas personas desde el compromiso de la compañía de adoptar las salvaguardias adecuadas para impedir abusos y para que se respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona.