Costa Rica ha sido el último Estado en ratificar, por unanimidad, la adhesión a la Convención Interamericana sobre la protección de los Derechos Humanos de los y las adultas mayores. Con esta Convención, que fue aprobada en la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos – OEA el 15 de junio de 2015, el continente americano se convierte en la primera región a nivel mundial en disponer de un instrumento jurídicamente vinculante que protege los derechos humanos de las personas adultas mayores y que fomenta un envejecimiento activo en todos los ámbitos.

Y para ello establece medidas específicas para regular áreas vinculadas a la salud y el envejecimiento saludable, como la protección de todos los derechos humanos, incluido el derecho de las personas mayores a la salud, a tener información sobre los tratamientos, a los cuidados paliativos, así como instrumentos contra la discriminación y el abuso.
Todo ello con el objetivo fundamental de promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce del ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona adulta mayor para contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.
Así, lo principios generales aplicables a esta Convención de la OEA con los siguientes:
· La promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor
· La valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo
· La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor
· La igualdad y no discriminación
· La participación, integración e inclusión plena y efectiva en la sociedad
· El bienestar y cuidado
· La seguridad física, económica y social
· La autorrealización
· La equidad e igualdad de género y enfoque de curso de vida
· La solidaridad y fortalecimiento de la protección familiar y comunitaria
· El buen trato y la atención preferencial
· El enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de la persona mayor
· El respeto y valorización de la diversidad cultural
· La protección judicial efectiva
· La responsabilidad del Estado y participación de la familia y de la comunidad en la integración activa, plena y productiva de la persona mayor dentro de la sociedad, así como en su cuidado y atención, de acuerdo con su legislación interna
Tal y como se establece en el articulado de esta Convención, si el ejercicio de los derechos y libertades de las personas adultas mayores no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados Parte se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades.
Cabe destacar que, en la actualidad, las personas con 60 o más años en América Latina y el Caribe representan el 14% del total de la población del hemisferio (más de 135 millones de personas), según cifras de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Y en 2030 cerca de dos de cada cinco personas tendrán 60 o más años, y en total habrá más de 215 millones de personas adultas mayores.
Los interesados pueden consultar el texto íntegro de la Convención Interamericana sobre la protección de los Derechos Humanos de los y las adultas mayores aquí.