La Ley de Dependencia en España, oficialmente conocida como Ley 39/2006, establece un sistema de protección para personas que necesitan asistencia en sus actividades diarias. Los requisitos económicos de la Ley de Dependencia evalúan tanto la renta como el patrimonio de la persona dependiente y su unidad familiar, y estas condiciones varían según cada Comunidad Autónoma. El Boletín Oficial del Estado regula este marco normativo que determina las cuantías de las prestaciones económicas disponibles.
Comprender los criterios económicos es fundamental si estás considerando solicitar ayudas por dependencia. Las prestaciones que puedes recibir no son cantidades fijas, sino que se calculan en función de tu capacidad económica y del grado de dependencia reconocido. Cada Comunidad Autónoma en España aplica baremos específicos que pueden incluir límites de ingresos y evaluaciones patrimoniales.

Requisitos económicos en la Ley de Dependencia
La Ley de Dependencia establece criterios económicos que determinan tanto el acceso a las prestaciones como el importe que deberás aportar. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) evalúa tu capacidad económica y patrimonio para calcular las ayudas y el posible copago.
Capacidad económica del solicitante
Tu capacidad económica se determina mediante el análisis de tus ingresos anuales y patrimonio. La administración pública revisa tu declaración de la renta del año anterior para conocer tus rendimientos del trabajo, pensiones, prestaciones de la Seguridad Social y cualquier otra fuente de ingresos.
Si no presentas declaración de la renta, deberás aportar certificados de la Seguridad Social que acrediten tus pensiones o prestaciones. También se tienen en cuenta los ingresos de tu unidad familiar cuando convives con tu cónyuge o pareja de hecho.
La capacidad económica no impide el acceso a las prestaciones del SAAD. Sin embargo, sí influye en la cuantía de la ayuda económica que recibirás y en el copago que deberás realizar por los servicios.
Patrimonio y cálculo de ingresos
El cálculo incluye tanto tus ingresos anuales como tu patrimonio neto. Se considera patrimonio el conjunto de bienes y derechos de contenido económico, restando las cargas y gravámenes que disminuyan su valor.
Elementos que se incluyen en el cálculo:
- Rendimientos del trabajo y actividades económicas
- Pensiones contributivas y no contributivas
- Prestaciones de la Seguridad Social
- Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario
- Patrimonio neto (excluyendo la vivienda habitual hasta ciertos límites)
La vivienda habitual queda excluida del cómputo del patrimonio en la mayoría de comunidades autónomas. Deberás presentar el certificado de empadronamiento para acreditar tu residencia habitual y demostrar que cumples el requisito de residencia en territorio español.
Aportaciones y copago según el grado
El copago varía según el tipo de prestación y tu grado de dependencia reconocido. Las personas con Grado III (gran dependencia) suelen recibir cuantías superiores, mientras que las de Grado I (dependencia moderada) perciben importes menores.
Prestaciones económicas principales:
- Prestación vinculada al servicio: cuando no hay plazas disponibles en servicios públicos
- Prestación para cuidados en el entorno familiar (PECEF): ayuda económica excepcional para cuidado domiciliario
- Prestación de asistencia personal: para contratar a un asistente personal
La prestación económica se reconoce en función del grado de dependencia y tu capacidad económica. Si tus ingresos superan determinados umbrales establecidos por tu comunidad autónoma, deberás realizar una aportación proporcional al coste del servicio o prestación.
Diferencias entre comunidades autónomas
Cada comunidad autónoma establece sus propios criterios de copago dentro del marco legal estatal. Esto genera diferencias significativas en las aportaciones que deberás realizar según tu lugar de residencia.
Algunas comunidades autónomas aplican porcentajes de copago más reducidos o elevan los umbrales de ingresos exentos de aportación. Otras establecen límites máximos de copago para garantizar que mantienes un nivel mínimo de ingresos para tu calidad de vida.
Debes consultar la normativa específica de tu comunidad autónoma para conocer las condiciones exactas. El certificado de empadronamiento acredita tu residencia y determina qué administración autonómica gestiona tu expediente y aplica sus baremos económicos.
Tipos de prestaciones económicas y acceso según requisitos
El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia establece tres modalidades principales de prestaciones económicas que se conceden cuando los servicios profesionales no pueden cubrir completamente las necesidades de las personas dependientes. Cada prestación responde a circunstancias específicas y requiere que cumplas determinados requisitos de acceso relacionados con tu capacidad económica y grado de dependencia.
Prestación económica vinculada al servicio (PEVS)
La PEVS te permite contratar servicios profesionales en el sector privado cuando la red pública no puede ofrecerte una plaza residencial, centro de día o atención domiciliaria en un plazo adecuado. Esta prestación está condicionada a que las entidades que contrates estén debidamente acreditadas por los servicios sociales de tu comunidad autónoma.
Para acceder a esta ayuda económica, debes haber sido valorado con un grado de dependencia reconocido y demostrar que no existe disponibilidad inmediata en los servicios públicos o concertados. Las cuantías actualizadas para 2025 varían según tu nivel: hasta 800 € mensuales para gran dependencia Nivel II y hasta 600 € mensuales para Nivel I.
Tu capacidad económica influye directamente en el importe final que recibirás. Los servicios sociales evaluarán tus ingresos y patrimonio para determinar el copago que deberás asumir. Esta prestación no es compatible con servicios públicos similares, por lo que si posteriormente accedes a una plaza pública, la prestación económica vinculada al servicio se suspenderá.
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF)
La PECEF se concede excepcionalmente cuando decides ser atendido en tu domicilio por un familiar o cuidador no profesional. Esta es la prestación más común entre las ayudas a la dependencia, aunque el sistema la considera subsidiaria respecto a los servicios profesionales.
Tu cuidador familiar deberá darse de alta en la Seguridad Social como requisito obligatorio, y el Estado asume el coste de la cotización (80 € mensuales aproximadamente). Las cuantías para 2025 alcanzan hasta 500 € mensuales para gran dependencia Nivel II y hasta 400 € para Nivel I, ajustándose según tu capacidad económica.
Los requisitos de acceso incluyen que demuestres que tu entorno familiar puede garantizar los cuidados adecuados y que tu vivienda reúne las condiciones apropiadas. Tu cuidador deberá participar en programas de formación y podrá acceder a servicios de respiro familiar. Esta prestación es incompatible con la PEVS y la mayoría de servicios profesionales, aunque en algunos casos puede complementarse con otros apoyos específicos.
Prestación de asistencia personal (PEAP y PAP)
La PEAP te permite contratar a un asistente personal que facilite tu autonomía personal y participación en actividades educativas, laborales o sociales. Esta prestación está especialmente dirigida a personas con gran dependencia que desean mantener un estilo de vida activo e independiente.
Para solicitar esta ayuda económica debes acreditar que utilizarás los fondos exclusivamente para contratar servicios de asistencia personal que promuevan tu inserción laboral, formación o vida comunitaria. Las cuantías máximas en 2025 son hasta 800 € mensuales para Nivel II y hasta 600 € para Nivel I de gran dependencia.
Los requisitos de acceso exigen que presentes un proyecto de vida independiente donde justifiques cómo el asistente personal mejorará tu autonomía. Tu capacidad económica también se evalúa para determinar el copago correspondiente. Esta prestación puede ser compatible con algunos servicios sociales específicos, siempre que no cubran las mismas necesidades, lo que la diferencia de otras prestaciones económicas del sistema.