El nuevo decreto de residencias de Euskadi ha suscitado las críticas de los Colegios Oficiales de Enfermería de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa tras conococer que esta nueva norma contempla la contratación de auxiliares para realizar funciones propias de Enfermería.

La reforma del decreto de residencias de Euskadi ya ha sido firmada por la consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, Nerea Melgosa, y tras su paso por Consejo de Gobierno permitirá contratar auxiliares para las labores de enfermería en los centros de mayores, según informan hoy varios medios de comunicación.

En concreto, el borrador del nuevo decreto de residencias autoriza a recurrir a otros perfiles sanitarios “de manera provisional y hasta 3 años” ante la escasez de enfermeras que deseen trabajar en un recurso de estas características, “toda vez que hayan demostrado fehacientemente que han resultado infructuosos los esfuerzos de búsqueda y contratación de personal sanitario”.

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Los Colegios Vascos de Enfermería denuncian que es ilegal que funciones propias de profesionales de Enfermería sean desarrolladas por otros perfiles sanitarios 

Los Colegios Oficiales de Enfermería de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa han tenido conocimiento del borrador de la reforma por la prensa, y a falta de conocer el mismo en detalle denuncian que:

  • Es ilegal que funciones propias de profesionales de Enfermería sean desarrolladas por otros perfiles sanitarios que carecen de la capacitación y titulación requerida para ello. De ser así se estaría produciendo una situación clara de intrusismo, contra la que desde los Colegio estableceremos las medidas oportunas.

  • No pueden justificar “en la fuga de cerebros en el colectivo médico y de enfermeras la contratación de personal auxiliar para el desarrollo de funciones de enfermeras.

  • Frente a ello, urge poner en valor el trabajo desarrollado por el colectivo de enfermeras y médico en las residencias en todas sus dimensiones, con el reconocimiento del trabajo que desarrollan, sus competencias y, por supuesto, el reconocimiento económico de su trabajo e implicación hacia las personas usuarias de estos centros residenciales.

  • Recuerdan, una vez más, que la complejidad del perfil de usuario de las residencias de personas mayores, dependiente y gran dependiente, requiere de unos cuidados sanitarios de calidad prestados por los profesionales capacitados para ellos.

Aumento de ratios de personas y garantizar la asistencia directa las 24 horas

La modificación del decreto vasco de residencias pretende acelerar el cambio de modelo de atención, haciendo hincapié en un enfoque centrado en las personas, fomentando que las residencias sean espacios de interacción y participación entre usuarios, familias, profesionales y el entorno local.

Otras de las novedades de esta nueva norma dadas a conocer por diversos medios de comunicación son:

  • aumentar un 15% las ratios de personal de atención directa
  • las residencias son definidas como centros de «alta intensidad», con la presencia permanente de personal cuidador, servicio médico y de enfermería, y apoyo de un equipo multidisciplinar
  • mejora la regulación relativa a los cuidados paliativos y final de vida, que incluye la estructuración de la coordinación sociosanitaria, la necesidad de un Plan de Cuidados Paliativos y espacios de formación en la materia
  • limita el número de plazas en los nuevos centros residenciales a un máximo de 150 que deberán estar organizadas en módulos de atención y cuidados con un máximo de 25 plazas por cada uno de ellos
  • propone mejoras en las instalaciones que tienen que ver con el tamaño de habitaciones, baños individuales o pasamanos
  • establece tres nuevas áreas al modelo de atención: coordinación de la innovación, evaluación y asistencia social
  • los centros deben contar con personal asignado a cada módulo para minimizar la rotación de personal y fomentar relaciones de confianza con los residentes
  • propone sustituir el plan de atención individualizado por «un plan personalizado de atención y vida», adaptándose a las necesidades y preferencias de cada residente
  • redefinición del rol del profesional de referencia, responsable de la atención personalizada de los usuarios
  • se introduce un nuevo artículo para mejorar la calidad de vida de los residentes, impulsar la innovación y la evaluación del modelo de atención.
  • Se crea la «Comisión de coordinación de la evaluación, la innovación y del ámbito sociosanitario de los centros»
  • se redefine la atención sanitaria y la coordinación entre Osakidetza y los centros residenciales mediante la introducción de un Plan de Coordinación Sociosanitaria
  • se mejora la regulación de las prácticas de sujeción física o química, con el objetivo de eliminar su uso y respetar la dignidad de los residentes, especialmente aquellos con demencia.
  • se incorpora la historia clínica conjunta entre la documentación que los centros deben disponer
  • se promueve la digitalización de los Protocolos de Actuación para la gestión de centros residenciales
  • se debe garantizar que las residencias disponen de atención directa las 24 horas los 365 días del año, considerando la posibilidad de la teleasistencia en determinados casos
  • los directores de los centros deben tener titulación universitaria y haber completado al menos 300 horas de formación acreditada en áreas relevantes.
  • el personal de atención directa de segundo nivel debe tener títulos de grado o equivalentes, o títulos de Formación Profesional de Grado Superior en las ramas sociosanitaria