El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ha publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público la adjudicación de los tres lotes que integran su programa de Turismo Social. Unas 900.000 personas participarán durante la próxima temporada en el Programa de Turismo Social del Imserso.

Unas 900.000 personas participarán durante la próxima temporada en el Programa de Turismo Social del Imserso

ESte programa es un servicio complementario de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social española que tine como objetivo proporcionar a las personas mayores estancias en zonas de costa y turismo de interior, contribuyendo con ello a mejorar su calidad de vida, su salud y la prevención de la dependencia.

Además, este programa del Imserso contribuye al mantenimiento del empleo y la actividad económica, paliando las consecuencias que en materia de empleo produce el fenómeno de la estacionalidad en el sector turístico del país.

Siguiendo los plazos establecidos por la ley de contratos públicos, en unos días, el Imserso procederá a la firma definitiva del contrato. Se trata de las tres adjudicatarias que propuso el pasado 2 de agosto, tras la finalización del proceso de valoración:

  • Lote 1 (turismo costa peninsular): IBERIA LAE
  • Lote 2 (turismo costa insular): AVORIS HALCÓN
  • Lote 3 (turismo interior): AVORIS HALCÓN

De esta forma, continúa el procedimiento administrativo relacionado con la adjudicación y comienzo del programa, de acuerdo con el calendario establecido, que permitirá el inicio de la temporada 2019/2020 con total normalidad en la primera quincena de octubre.

Las plazas se agrupan tres lotes: turismo en zonas de costa peninsular, turismo en zonas de costa insular y turismo de interior (circuitos culturales). Estas últimas son tradicionalmente las plazas más demandadas y por ello se han incrementado en un 7%.

El precio de los paquetes del su programa de Turismo Social oscila dependiendo del destino y de la duración de la estancia. Existen paquetes de 4, 5, 6, 8, 10 y 15 días. El 65% de los pensionistas que participan en el programa de viajes del Imserso cuenta con una pensión inferior a los 1.050 euros/mes.

Este año, como novedad, existe una reserva del 1% de las plazas subvencionadas al 50% para las personas que tengan recursos económicos iguales o inferiores a las pensiones no contributivas de jubilación o invalidez del sistema de la Seguridad Social. El Programa de Turismo Social del Imserso para las temporadas 2019/2020 y 2020/2021 asciende en su totalidad a 1.142.365.995,76 €, IVA excluido. Esta cifra incluye tanto la aportación del Imserso (20,39%) como la de los beneficiarios (79,61%). Pueden acceder a este programa:

  1. Residentes en España: podrán participar en el programa de turismo del Imserso, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
    1. Ser pensionista de jubilación del sistema público español de pensiones.
    2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad.
    3. Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
    4. Ser titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
    5. Ser emigrante retornado a España y pensionista del Sistema público de la Seguridad Social del país del que ha retornado.
  2. Españoles residentes en el exterior que reúnan los requisitos exigidos en el punto anterior para participar en el programa. Los residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
  3. Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.

Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.