El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda del SEPE para personas desempleadas de 52 años o más que ya han agotado el paro o no tienen derecho a él. En 2026 su cuantía es de 480 euros al mes (el 80% del IPREM) y se puede cobrar hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, siempre que se mantengan los requisitos.

Su gran ventaja es que el SEPE cotiza por la jubilación mientras se cobra, lo que ayuda a que la futura pensión no se reduzca. A continuación repasamos quién puede pedirlo, qué límite de ingresos se aplica y cómo se solicita.

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Requisitos del subsidio para mayores de 52 años

  • Tener 52 años o más en la fecha del hecho causante (por ejemplo, al agotar la prestación contributiva) o cumplirlos mientras se cobra otro subsidio.
  • Estar en desempleo e inscrito como demandante de empleo, habiendo suscrito el acuerdo de actividad.
  • Cumplir todos los requisitos para la pensión contributiva de jubilación salvo la edad: al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 deben estar dentro de los últimos 15 años.
  • Haber cotizado al menos 6 años por desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • No superar el límite de rentas: los ingresos propios no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, sin contar las pagas extra. Con el SMI de 2026 son unos 915 euros al mes, aunque conviene confirmar en el SEPE la cifra que se aplica en cada momento.

Para este subsidio se tienen en cuenta solo las rentas propias del solicitante, no las de toda la familia.

Cuantía y duración

La cuantía es fija: 480 euros al mes en 12 pagas, el 80% del IPREM, que en 2026 se mantiene en 600 euros. A diferencia de otros subsidios, la cantidad no baja con el tiempo.

Se cobra hasta la edad ordinaria de jubilación, que en 2026 es de 66 años y 10 meses (o 65 años si se acreditan al menos 38 años y 3 meses cotizados). El pago suele llegar entre los días 10 y 15 del mes siguiente.

La cotización para la jubilación

Mientras se cobra el subsidio, el SEPE cotiza por la jubilación tomando como base el 125% de la base mínima del Régimen General. Estas cotizaciones cuentan para calcular la pensión, lo que hace del subsidio una herramienta importante para quien no tiene ya posibilidades de volver a trabajar. Si te faltan años para la pensión, te interesa leer cómo cotizar los años que te faltan.

Cómo solicitar el subsidio paso a paso

  1. Respeta el plazo: hay que pedirlo en los 15 días hábiles siguientes al hecho causante (por ejemplo, al agotar el paro). Si se presenta fuera de plazo, se cobra desde la fecha de la solicitud.
  2. Reúne la documentación: DNI o NIE, justificantes de ingresos si los hay y, en su caso, certificado de empresa.
  3. Presenta la solicitud por una de estas vías:
    • En la sede electrónica del SEPE, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
    • En una oficina de prestaciones, con cita previa.
    • En cualquier registro público o por correo administrativo.
  4. Presenta la declaración anual de rentas cada 12 meses. Si no se entrega a tiempo, el pago y la cotización se interrumpen hasta que se presente.

Compatibilidades

El subsidio puede cobrarse estando en desempleo total o trabajando a tiempo parcial, en cuyo caso se reduce de forma proporcional. Además, desde la reforma de los subsidios de 2024 existe el complemento de apoyo al empleo, que permite compatibilizar parte del subsidio con un trabajo por cuenta ajena durante un tiempo.

Para más información sobre otras ayudas para personas mayores, consulta nuestro repaso de las ayudas económicas para mayores de 70 años.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra con el subsidio para mayores de 52 años?

En 2026 son 480 euros al mes, el 80% del IPREM. Si se trabaja a tiempo parcial, la cuantía se reduce en proporción a la jornada.

¿Hasta cuándo se cobra el subsidio para mayores de 52 años?

Hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, siempre que se mantengan los requisitos y se presente cada año la declaración de rentas.

¿Cuenta el patrimonio o los ingresos de la familia?

No. Para este subsidio solo se tienen en cuenta las rentas propias del solicitante, que no pueden superar el 75% del SMI sin pagas extra.

¿Cotiza el subsidio para la jubilación?

Sí. El SEPE cotiza por jubilación sobre el 125% de la base mínima del Régimen General durante todo el tiempo que se cobra.

¿Qué pasa si no presento la declaración anual de rentas?

El SEPE interrumpe el pago y la cotización. Se pueden reanudar al presentar la declaración, pero conviene hacerlo en plazo para no perder meses.