La publicación en diciembre del 2006 de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia supuso un logro importante en la atención a las personas mayores en situación de dependencia en nuestro país, pero hoy en día sigue generando dudas e incertidumbre a muchas personas. Consciente de ello, el Grupo de Trabajo para el estudio y seguimiento de la Ley de Dependencia de la SEGG ha elaborado el ‘Manual práctico de las 101 dudas y preguntas más frecuentes de la Ley Dependencia’.
Estructurado a modo de binomio pregunta-respuesta, este manual de la SEGG recoge de manera concisa, clara, y desde una visión práctica y documentada, las 101 dudas y preguntas que más inquietan, y que más dificultades pueden generar a la hora de aplicar la Ley de Dependencia.

Con explicaciones breves, concretas y de fácil lectura, este documento sigue en su estructura los apartados que contienen las grandes cuestiones de la Ley (solicitud, tramitación, valoración, catálogo de recursos, PIA, adjudicación de recursos, traslado entre comunidades), e incorpora tres anexos que contemplan la legislación acerca de la Ley y enlaces, direcciones y teléfonos de interés.
Tal y como señalan desde el Grupo de Trabajo para el estudio y seguimiento de la Ley de Dependencia de la SEGG, las dudas y consultas más recurrentes suelen estar relacionadas con:
- La valoración de la dependencia, los grados de la misma, y las prestaciones y servicios disponibles.
- La distinción entre los diferentes grados de dependencia (moderada, severa y gran dependencia), cómo se determina cada uno, las listas de espera para acceder a los servicios, las prestaciones económicas disponibles, así como la participación en la financiación de los servicios.
- Solicitud y tramitación: ¿Quién puede solicitar la valoración?, ¿Qué documentación es necesaria?, ¿Dónde se presenta la solicitud?, ¿Cuánto tarda el proceso?
- Valoración del grado de dependencia: ¿Qué criterios se utilizan para valorar?, ¿Por qué no se asigna el grado esperado a pesar de tener una enfermedad grave?, ¿Se puede recurrir la resolución?
- Catálogo de servicios y prestaciones: ¿Qué servicios están disponibles según el grado?, ¿Qué diferencias hay entre prestación económica y servicio profesional?, ¿Cómo se elige entre una ayuda económica y un recurso asistencial? También existe confusión sobre el «cheque servicio» (prestación económica vinculada al servicio) y sus cuantías.
- Programa Individual de Atención (PIA): ¿Qué es el PIA y cómo se elabora?, ¿Quién participa en su diseño?, ¿Se puede modificar si cambian las circunstancias?
- Adjudicación de recursos: ¿Cómo se asignan los recursos?, ¿Qué pasa si no hay plazas disponibles?,¿Se puede elegir centro o cuidador?
- Las listas de espera para acceder a estos servicios y prestaciones son un motivo frecuente de consulta y preocupación, especialmente para la atención residencial y el servicio de ayuda a domicilio.
- Participación en la financiación; ¿Los beneficiarios deben participar en la financiación de los servicios recibidos?, ¿en función de?, ¿cómo se calcula esta participación y qué criterios se utilizan?
- Revisión del Grado y PIA: Las personas pueden solicitar la revisión del grado de dependencia y del Programa Individual de Atención (PIA) cuando su situación cambia. ¿Cuándo y cómo realizar esta revisión?
- Traslados entre comunidades autónomas: ¿Qué ocurre si la persona dependiente se muda a otra comunidad?, ¿Se mantiene el grado y el PIA?, ¿Es necesario iniciar el proceso desde cero?
En resumen, «la complejidad de los criterios de valoración, los diferentes grados de dependencia, las cuantías de las prestaciones y la participación en la financiación son los aspectos que generan más consultas y dudas en relación con la Ley de Dependencia», indican las autoras de este Manual.
Modelo más inclusivo y centrado en la persona
Desde el Grupo de Trabajo de la SEGG para el estudio y seguimiento de la Ley de Dependencia se destaca que Ley de Dependencia «ha evolucionado hacia un modelo más inclusivo y centrado en la persona, teniendo en cuenta los desafíos demográficos a los que nos enfrentamos como es el envejecimiento de la población». «La intensa actividad normativa es muestra del intento de adaptar el sistema a las necesidades emergentes y a los cambios acontecidos en estos años».
A su juicio, uno de los grandes problemas «es el tema de la limitación financiera, pero su éxito depende de cómo se implementen las reformas en cada territorio, del refuerzo del sector profesional y de una financiación que garantice la calidad y la equidad en la atención. Debe de existir una mayor colaboración entre administraciones, agentes sociales y económicos».
Pese al indiscutible avance que ha supuesto, la Ley de Dependencia presenta áreas que necesitan mejoras y modificaciones, entre ellas «la simplificación de los trámites, la ampliación de los servicios y prestaciones, la garantía de accesibilidad universal y la eliminación de ciertas incompatibilidades, así como también se buscar una mayor agilidad en la valoración y concesión de ayudas», señalan desde el Grupo de Trabajo para el estudio y seguimiento de la Ley de Dependencia de la SEGG.
En este sentido, este Grupo de la SEGG recomienda:
- Reducir la complejidad normativa. El sistema normativo que regula el SAAD es complejo debido a que en el mismo tienen competencias la Administración General del Estado, las CCAA y las entidades locales.
- Mejorar el acceso al SAAD en sus diferentes fases y procesos. La reducción de los tiempos de espera, mostrando más agilidad y flexibilidad. Se trata de un proceso excesivamente lento y que en ocasiones incumple las previsiones de la ley. Esta falta de agilidad se explica por rigideces en el propio procedimiento, la participación de varios actores en ocasiones mal coordinados, y por la insuficiencia de medios humanos y materiales.
- La insuficiente oferta de servicios hace que la asignación de estos se retrase, y junto con la lentitud en el proceso de cambio de PIA, hace menos efectiva la adaptación a los cambios en la situación de las personas.
- Reforzar la atención en el domicilio y comunidad. La cartera de servicios actual no es suficiente para atender a la demanda y necesidades reales de las personas en situación de dependencia. Es necesario introducir nuevos servicios y prestaciones y fomentar fórmulas más flexibles para la provisión de apoyos diversos en la comunidad.
La mayoría de las personas en situación de dependencia que residen en hogares particulares deben complementar los servicios y prestaciones del SAAD con cuidados informales o servicios contratados de forma particular.
- Mejorar el actual Catálogo de Servicios de la LAPAD. Debe priorizar los servicios de promoción de la autonomía personal y singularmente la asistencia personal. Del mismo modo, es necesario promover los multiservicios para zonas rurales y los servicios de urgencia y, sobre todo, los servicios que favorecen el derecho de permanencia en el domicilio. A su vez, es necesario revisar en profundidad el modelo de residencias e introducir nuevos modelos de convivencia.
- Potenciar la calidad de los servicios de atención directa, tanto en el domicilio como en el entorno residencial. El empleo, en los cuidados profesionales, dentro del sector de la dependencia, necesita de la mejora de su estabilidad, calidad y remuneración salarial.
Esto ayudaría a eliminar la alta tasa de rotación del personal y generaría mayor satisfacción con el puesto de trabajo, reflejándose directamente en el desempeño de la actividad y en la calidad de atención a las personas en situación de dependencia.
- Fomentar la formación; tanto para el empleo como de las personas cuidadoras no profesionales.
- Establecer la integración y coordinación sociosanitaria autonómica efectiva y eficiente. Esto permitiría mejorar la calidad de los servicios y reducir costes.
El Grupo de Trabajo para el estudio y seguimiento de la Ley de Dependencia de la SEGG se creó con el objetivo de analizar y estudiar el desarrollo y recorrido de dicha Ley, así como promover su difusión y facilitar información a los profesionales, a las personas mayores y a sus familias, sobre los servicios y prestaciones que otorga la Ley.
Su justificación está en el convencimiento de que una información correcta de los recursos y /o prestaciones, y la adecuación de estos a las necesidades reales de la persona mayor pueden convertirse en una garantía en la continuidad, calidad y complejidad de los cuidados, en situaciones de fragilidad y dependencia.