La Agencia de la Vivienda de Catalunya ha abierto una nueva convocatoria de ayudas destinadas a personas mayores de 65 años para adaptar las viviendas y para el pago del alquiler o cesión de uso de viviendas o habitaciones.

Las ayudas para subvencionar las obras de arreglo del interior de las viviendas que faciliten y favorezcan la movilidad y la autonomía de las personas mayores incluyen los que se hagan para lograr las condiciones mínimas de habitabilidad; para adecuar a la normativa vigente las instalaciones de agua, gas, calefacción, electricidad y saneamiento; y las que sean para mejorar la accesibilidad, especialmente en cocinas y baños.

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La Agencia de la Vivienda de Catalunya subvenciona el 100% del coste de las obras para adaptar la vivienda, con una cuantía máxima de 4.000 euros

La dotación presupuestaria de esta convocatoria de Agencia de la Vivienda de Cataluña, del Departamento de Territorio, es de 1,6 millones de euros y la previsión es que pueda favorecer 500 hogares en las cuales vive alguna persona mayor. Mediante esta subvención se puede pagar el 100% del coste de las obras, con una cuantía máxima de 4.000 euros por vivienda. El presupuesto de los trabajos no puede superar los 8.000 euros. Las solicitudes se pueden presentar hasta el 30 de junio.

Las bases reguladoras para acceder a esta convocatoria establecen que tienen derecho las personas que formen parte de una unidad de convivencia que incluya entre sus miembros alguna persona de 65 años o más, y que tenga falta autonomía o movilidad, o tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Hace falta que la vivienda a reformar sea el domicilio habitual y permanente de la persona beneficiaria y que se encuentre en las demarcaciones de Girona, Lleida y Tarragona y en Tierras del Ebro. Cómo es habitual, la convocatoria no incluye la demarcación de Barcelona, puesto que la Diputación y el Ayuntamiento de Barcelona tienen líneas de ayudas muy similares para el mismo colectivo de personas.

La persona solicitante tiene que ser la propietaria, usufructuaria o locataria de la vivienda y no puede tener, ni ella ni ninguno de los otros miembros de la unidad de convivencia, ni ninguna otra vivienda en propiedad en Cataluña. Además, hay que cumplir los requisitos económicos marcados para la convocatoria de no superar 2 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC), de acuerdo con las tablas que se publican en la convocatoria.

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Subvenciones para el pago del alquiler o cesión de uso de viviendas o habitaciones

Por su parte, las solicitudes para optar a las subvenciones para el pago del alquiler o cesión de uso de viviendas o habitaciones que convoca la Agencia de la Vivienda de Catalunya pueden solicitarse hasta el 12 de mayo por parte de personas mayores de 65 años y personas de entre 36 y 64 en riesgo de exclusión social.

Entre los requisitos para poder optar, hay tener la residencia legal en Cataluña y estar empadronado en el domicilio que figura en el contrato de alquiler, que la unidad de convivencia tenga unos ingresos inferiores a 23.725,79 euros (2,977736 veces el indicador de renta de suficiencia), que el alquiler no supere los importes establecidos y tener domiciliado el pago, entre otros.

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