La Comisión Técnica de la Seguridad Social ha emitido un informe definitivo favorable para la inclusión de siete nuevas patologías en el procedimiento de jubilación anticipada de personas trabajadoras con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, en el marco de lo previsto en el Real Decreto 1851/2009, medida que supone un supone un logro de enorme relevancia social a juicio de COCEMFE.

El Movimiento Asociativo de Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE) ha impulsado durante los últimos años la ampliación de las patologías que pueden acogerse a la jubilación anticipada, aportando evidencia científica rigurosa sobre la reducción de la esperanza de vida asociada a determinadas enfermedades, tal y como establece el procedimiento aprobado por el Gobierno para tal fin.

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La Seguridad Social ha emitido un informe favorable para la inclusión de 7 nuevas patologías en el procedimiento de jubilación anticipada

En concreto, las patologías que han recibido un informe definitivo favorable son:

  • espina bífida
  • enfermedad de Párkinson
  • distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
  • enfermedad de Huntington
  • esclerosis sistémica
  • amiloidosis por transtiretina variante
  • enfermedad renal crónica (estadioG5)

Tal y como señala el presidente de COCEMFE, Anxo Queiruga, “este avance demuestra que cuando el movimiento asociativo trabaja de forma coordinada, con rigor y respaldo técnico, se pueden lograr cambios estructurales que mejoran la vida de miles de personas”.

No obstante, la Confederación subraya la necesidad de actuar con prudencia y claridad para evitar generar falsas expectativas. El informe definitivo favorable no implica aún la incorporación efectiva de estas patologías al anexo del Real Decreto 1851/2009, paso imprescindible para que las personas que las presentan puedan solicitar la jubilación anticipada.

Tal y como establece la Orden ISM/444/2025, el procedimiento contempla la emisión del informe definitivo por parte de la Comisión Técnica y, posteriormente, la resolución administrativa de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. En caso de resolución favorable, será necesario promover la modificación normativa del anexo del Real Decreto y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, momento a partir del cual el derecho podrá ejercerse de manera efectiva.

En este contexto, COCEMFE reclama al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la máxima celeridad para culminar los trámites pendientes, de modo que este avance se traduzca cuanto antes en un derecho real y efectivo para las personas afectadas que cumplan los requisitos legales.

“Este no es un punto final, sino un hito intermedio”, recalca Queiruga. “Desde COCEMFE vamos a seguir trabajando para que las patologías que aún no han sido incorporadas, y otras que cuenten con evidencia científica suficiente sobre la reducción de la esperanza de vida, puedan acceder también a la jubilación anticipada. Hablamos de salud, de dignidad y de igualar la transición hacia la jubilación ante situaciones específicas que atraviesan muchas personas con discapacidad física y orgánica”.

En este sentido, COCEMFE continuará trabajando con las organizaciones de su Movimiento Asociativo y personal técnico experto para seguir ampliando el listado de patologías incluidas, tanto presentando alegaciones a los informes desfavorables, como en las convocatorias anuales para la presentación de propuestas de ampliación.