Casi 280.000 españoles mayores de edad han registrado ya de forma oficial su testamento vital, también llamado de voluntades anticipadas, según los últimos datos del Registro Nacional de Instrucciones Previas del Ministerio de Sanidad Consumo y Bienestar Social.

En comparación con el año anterior, esta cifra ha aumentado en casi 30.000 personas, pero desde la Fundación Edad&Vida la consideran aún insuficiente porque “todos tenemos derecho a decidir cómo queremos que sean los aspectos de nuestra vida respetando así la voluntad personal de cada uno hasta el final”, tal y como indica la directora de la Fundación, María José Abraham.

Por ello, desde la Fundación Edad&Vida se reivindica la necesidad de planificar la fase final de la vida a través del testamento vital, un documento que recoge las instrucciones para informar a los equipos sanitarios y profesionales vinculados a la última etapa de la vida de los cuidados y el tratamiento que se desea recibir en momentos o situaciones en las que no se puede expresar la voluntad de la persona.

geriatricarea testamento vital

Para María José Abraham son muchos los ciudadanos no redactan documentos de voluntades anticipadas por falta de conocimiento. Desde 2013, fecha desde la que hay compilación de datos por comunidades autónomas, solo ha habido un incremento anual del 10%. Este crecimiento se ve, además, ralentizado si se tiene en cuenta que el procedimiento de registro varía en función de la comunidad autónoma en la que se resida.

Por este motivo, la Fundación Edad&Vida pondrá en marcha la campaña ‘Ordena y protege tu futuro’ para dar a conocer los instrumentos que existen a disposición del ciudadano para que planifique cómo quiere vivir sus últimos años y qué quiere que ocurra cuando ya no pueda expresar sus deseos.

El primero de ellos es el testamento vital para determinar cómo quieren que sea la atención médica que se reciba cuando ya no se pueda decidir por uno mismo. El segundo es el testamento en el que la persona específica como quiere que se reparta su patrimonio entre sus herederos. Y el tercero son los poderes preventivos, a través de los cuales se decide quién y cómo gestiona el patrimonio personal cuando el individuo no puede hacerlo por enfermedad o discapacidad.

Como primer paso de esta campaña se promocionará la guía online que han elaborado, junto a la Fundación Mémora, en la que se explica qué es el testamento vital, su contenido, los derechos que nos asisten y se indica cómo se elabora y se registra el documento en función de la zona de España donde se resida. Los interesados pueden consultar y descargar esta guía aquí.

De cara al momento del fallecimiento, las personas, y sobre todo los mayores de 65 años, se preocupan mucho más por dejar testamento de sus bienes. Sin embargo, no son conscientes de que puede ser igual de importante dejar por escrito instrucciones de cómo quieren ser tratadas al final de sus vidas o en aquellos momentos en los que, por diferentes motivos, no puedan expresar directamente sus deseos, advierte la Fundación Edad&Vida.

El documento de voluntades anticipadas prevé, además, la designación de un representante de la persona e, incluso, de un sustituto de ese representante, que hará las veces de interlocutor ante el médico o el equipo sanitario y velará por el cumplimiento de las instrucciones previas, siempre que la persona se encuentre en una situación que le impida expresar personalmente su voluntad.

El objetivo es que se cumplan siempre los deseos de la persona en situaciones concretas como, por ejemplo, en el caso de que ésta no pueda expresar directamente su opinión y haya desacuerdo entre sus allegados sobre un tratamiento o intervención concreta. Ante esta situación, el representante se encargará de que se respete lo que la persona incluyó en su documento de voluntades anticipadas.