El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) mantendrá abierto hasta el final de la temporada 2023-2024 el plazo de presentación para participar en el Programa de Turismo para personas mayores que gestiona este Instituto.

El Imserso convoca 886.269 plazas para participar en el Programa de Turismo, un servicio complementario de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social española, con el objetivo de proporcionar a las personas mayores estancias en zonas de costa y turismo de interior, contribuyendo con ello a mejorar su calidad de vida, su salud y la prevención de la dependencia.

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El Imserso convoca 886.269 plazas para participar en el Programa de Turismo para personas mayores

Por otra parte, el Programa de Turismo para personas mayores del Imserso contribuye al mantenimiento del empleo y la actividad económica, paliando las consecuencias que en materia de empleo produce el fenómeno de la estacionalidad en el sector turístico del país.

De conformidad con la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Resolución de 12 de junio de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar en el Programa de Turismo del Imserso para la temporada 2023-2024, podrán acceder al programa:

  1. Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
    1. Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
    2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
    3. Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
    4. Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
  2. Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a). Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
  3. Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.

Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

Tres modalidades de viajes

El Programa de Turismo para personas mayores ofrece las siguientes modalidades de viaje:

  • Zona Costa Peninsular
    estancias en zonas de la Costa Peninsular de 10 y 8 días en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Comunitat Valenciana y en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
  • Zona Costa Insular
    estancias de 10 y 8 días en zonas de la Costa Insular (Comunidad Autónoma de Canarias y Comunidad Autónoma de Illes Balears).
  • Turismo de Escapada
    con estancias de 4, 5 y 6 días, con los siguientes tipos de viajes:
    1. Circuitos culturales.
    2. Turismo de naturaleza.
    3. Viajes a capitales de provincia.
    4. Viajes a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Todas las personas interesadas en poder disfrutar de los viajes que no estén dadas de alta y que cumplan con los requisitos legales de participación, deberán cumplimentar la solicitud y presentarla por cualquiera de los medios previstos en la Orden SCB/926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Imserso.

Por su sencillez, rapidez y seguridad, se recomienda la presentación de nuevas solicitudes de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Imserso. El acceso a la solicitud de este procedimiento no requiere autenticación electrónica (Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico) por parte de la persona interesada.