La valoración de la dependencia es el procedimiento por el que la administración evalúa cuánta ayuda necesita una persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria. El resultado se expresa en tres grados: Grado I (moderada), Grado II (severa) y Grado III (gran dependencia), y determina a qué servicios y prestaciones se tiene derecho.

Se solicita en los servicios sociales del municipio o de la comunidad autónoma, y la reforma de la Ley de Dependencia aprobada por el Congreso en septiembre de 2026 reduce de seis a tres meses el plazo para resolver el reconocimiento. A continuación te explicamos todo el proceso.

geriatricarea ceaps dependencia

Qué es la situación de dependencia

Según la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, es el estado permanente en el que una persona, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesita la ayuda de otras para realizar actividades básicas como asearse, vestirse, comer, moverse por casa o tomar decisiones.

Los grados de dependencia

  • Grado I, dependencia moderada: necesita ayuda al menos una vez al día o tiene necesidades intermitentes de apoyo. Corresponde a una puntuación de 25 a 49 puntos en el baremo.
  • Grado II, dependencia severa: necesita ayuda dos o tres veces al día, pero no requiere la presencia permanente de un cuidador. De 50 a 74 puntos.
  • Grado III, gran dependencia: necesita ayuda varias veces al día y el apoyo indispensable y continuo de otra persona. De 75 a 100 puntos.

Por debajo de 25 puntos no se reconoce situación de dependencia.

Cómo se solicita la valoración paso a paso

  1. Presenta la solicitud en los servicios sociales de tu ayuntamiento o en el organismo de dependencia de tu comunidad autónoma. Puede presentarla la propia persona o su representante.
  2. Aporta la documentación: DNI, certificado de empadronamiento, informe de salud del médico de atención primaria y, en algunas comunidades, datos económicos.
  3. Recibe la visita de valoración: un profesional acude al domicilio o al centro donde vive la persona y aplica el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD).
  4. Recibe la resolución de grado, que indica si existe dependencia y en qué grado.
  5. Elabora el Programa Individual de Atención (PIA), en el que se acuerdan los servicios o prestaciones concretos.

Cómo es la visita de valoración

El valorador observa y pregunta cómo se desenvuelve la persona en su entorno habitual: si puede comer, asearse, vestirse, usar el baño, moverse dentro y fuera de casa, realizar tareas domésticas y tomar decisiones. Conviene que esté presente un familiar o cuidador que conozca bien el día a día, y tener a mano los informes médicos. Es importante describir la situación real, sin minimizar las dificultades. Para entender mejor este enfoque, consulta la importancia de la valoración funcional en la persona mayor.

Qué cambia con la reforma de la Ley de Dependencia

El Congreso aprobó definitivamente en septiembre de 2026 la reforma de las leyes de dependencia y discapacidad. Entre sus novedades:

  • El plazo para resolver el reconocimiento de la dependencia se reduce de seis a tres meses.
  • Se elimina el régimen de incompatibilidades, de modo que se podrán combinar varios servicios, como el centro de día y la teleasistencia.
  • La teleasistencia pasa a ser un derecho para las personas con dependencia reconocida.
  • El Grado I conlleva el reconocimiento de un 33% de discapacidad, y los Grados II y III pueden dar lugar a un 65%.
  • Se reconoce la figura de la persona cuidadora principal.

Algunos de estos cambios requerirán desarrollo normativo, por lo que conviene consultar en los servicios sociales cómo se aplican en cada comunidad.

El ejemplo de Bizkaia

Algunas administraciones han editado guías para facilitar el proceso. La Diputación Foral de Bizkaia y el Ayuntamiento de Bilbao presentaron en 2026 una guía que explica de forma sencilla cómo solicitar la valoración, los grados y los recursos disponibles, con teléfonos de contacto y códigos QR. En Bizkaia había a finales de 2025 más de 66.000 personas con una valoración de dependencia activa.

Si ya tienes reconocido un grado, te puede interesar saber qué servicios se pueden combinar, cuáles son los requisitos económicos de la Ley de Dependencia y si te pueden quitar la ayuda de la dependencia.

Preguntas frecuentes

¿Dónde se solicita la valoración de la dependencia?

En los servicios sociales del ayuntamiento o en el organismo de dependencia de la comunidad autónoma donde reside la persona.

¿Cuántos grados de dependencia hay?

Tres: Grado I o dependencia moderada, Grado II o dependencia severa y Grado III o gran dependencia.

¿Cuánto tarda la valoración de la dependencia?

Con la reforma aprobada en 2026, el plazo máximo para resolver el reconocimiento se reduce de seis a tres meses, aunque en la práctica varía según la comunidad.

¿Qué se valora en la visita de dependencia?

La capacidad para realizar actividades básicas como comer, asearse, vestirse, moverse, usar el baño, hacer tareas domésticas y tomar decisiones, mediante el Baremo de Valoración de la Dependencia.

¿Se puede pedir una revisión del grado de dependencia?

Sí. Si la situación empeora, se puede solicitar una revisión del grado aportando nuevos informes médicos.