Tras aceptar varias enmiendas aprobadas por el Senado, el Pleno del Congreso ha aprobado definitivamente la reforma de las leyes de Dependencia y Discapacidad, una de las modificaciones más relevantes de los últimos años en materia de cuidados y apoyos a la autonomía personal.

La norma modifica la Ley de derechos de las personas con discapacidad y la Ley de dependencia para adecuarlas al texto del artículo 49 de la Constitución, reformado en 2024, e incorporar “medidas de extensión de derechos y de refuerzo de los apoyos a la participación comunitaria de las personas con discapacidad”. El texto supone una refundación del sistema de cuidados con más servicios, más prestaciones y menos burocracia para los usuarios.

Geriatricarea- Ley de Dependencia
Tras aceptar varias enmiendas aprobadas por el Senado, el Congreso ha aprobado la reforma de las leyes de Dependencia y Discapacidad


En lo relativo a la ley de dependencia (Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia) la reforma incorpora a la norma modificaciones que permiten una ampliación del catálogo de servicios y de prestaciones para las personas en situación de dependencia, así como priorizar la voluntad y circunstancias de cada persona, y agilizar los procesos administrativos para el reconocimiento de su situación.

Estas son algunas de las principales medidas que incorpora esta reforma a la ley de dependencia:

  • Eliminación del régimen de incompatibilidades

La reforma garantiza que las personas en situación de dependencia puedan recibir diferentes prestaciones sin que haya una incompatibilidad entre ellas. El PIA (Programa Individual de Atención) que elaboran los servicios sociales de las CCAA se flexibiliza para que el usuario pueda acceder a más servicios del catálogo. Por ejemplo, si una persona en situación de dependencia puede quedarse en su casa, podrá acceder a prestaciones combinadas como ir a un centro de día, y a la vez tener otras prestaciones como cuidados en el entorno familiar o teleasistencia.

  • La asistencia personal se amplía y regula como servicio del catálogo

Se reconceptualiza la asistencia personal flexibilizándola, sin restringirla a los ámbitos educativo y laboral pese a reconocer que ambos son esenciales, y orientándola a la promoción de la autonomía, la vida independiente y la inclusión en la comunidad. Además, su inclusión como servicio del catálogo supone consolidarlo como recurso ordinario del Sistema de la Dependencia, otorgándole mayor estabilidad y visibilidad, debiendo las comunidades autónomas garantizar su provisión a través de servicios públicos directos.

  • Ampliación del servicio a domicilio

El servicio a domicilio queda blindado como servicio y podrá ofrecerse más allá del entorno domiciliario, que es el espacio al que estaba restringida esta ayuda hasta ahora. De esta forma, la persona que ofrezca una asistencia no solo atenderá a la persona usuaria en el domicilio, sino que también podrá acompañarla para realizar otras actividades básicas de la vida diaria como ir a hacer la compra o ir al médico.

  • Ampliación del concepto de personas cuidadoras cuidadores/as

El texto reconoce a nivel normativo la figura de la persona cuidadora principal, y lo complementa con la figura de persona cuidadora no profesional. Al mismo tiempo, reconoce que personas del mismo entorno relacional puedan ofrecer cuidados, asumiendo así los diferentes modelos de convivencia que hay. Esto garantiza que una persona, aunque no esté registrada como familiar, pueda ocuparse del cuidado de una persona en situación de dependencia. Por ejemplo, dos personas mayores que mantienen una relación, pero no están casadas, o personas que comparten un hogar sin una relación familiar entre sí.

  • Teleasistencia como derecho subjetivo

La teleasistencia será reconocida de facto a toda persona que tenga reconocida una dependencia, garantizando así que este servicio sea un derecho subjetivo a la vez que se establece su carácter complementario a otras prestaciones o apoyos. De esta forma se logra que llegue a muchas más personas, también a otras que antes no podían acceder a él, como las personas con demencia. Además, se refuerza la teleasistencia como herramienta preventiva para evitar o retrasar la institucionalización, y permitirá hacer un seguimiento de cómo está el usuario a través de otros dispositivos como, por ejemplo, las pulseras geolocalizables.

  • Cotizaciones y sustituciones de las cuidadoras

La reforma garantiza por ley que la AGE abone las cotizaciones de las cuidadoras principales (la mayoría son mujeres), así como la continuidad de los cuidados en caso de enfermedad grave u hospitalización de estas cuidadoras.

  • Reducción del plazo de resolución

El plazo máximo para resolver el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia se reduce de 6 a 3 meses.

Avanzar hacia un modelo más flexible

Desde la Confederación Española de Alzheimer y otras Demencias (CEAFA) su presidenta, Mariló Almagro, pone en valor el alcance de esta reforma y su impacto en las personas con Alzheimer y otras demencias, así como en sus familias y personas cuidadoras, señalando que «desde CEAFA valoramos toda iniciativa orientada a mejorar el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia». Pero recalca también que «el Alzheimer y otras demencias requieren una respuesta específica que tenga en cuenta las necesidades de las personas afectadas desde el momento mismo del diagnóstico«.

En este sentido, «la reforma debería avanzar hacia un modelo más flexible, centrado en la persona, que reconozca la singularidad de las demencias, apoye adecuadamente a las familias y personas cuidadoras y garantice que nadie quede excluido de los recursos que necesita. Las personas con Alzheimer tienen derecho a ser escuchadas y a participar en la construcción de las políticas que afectan a su vida».

Hacia un modelo de autonomía personal

Por su parte, la Confederación Española de Organizaciones de Mayores (CEOMA) respalda también la aprobación de esta reforma, si bien pide al Gobierno que cuente con las organizaciones de mayores para la monitorización de los principales ejes de la reforma, como son la reducción de los tiempos de espera para el reconocimiento de los diversos grados de dependencia y la asignación de prestaciones, o la incorporación del asistente personal y la teleasistencia como servicios complementarios y no incompatibles.

El presidente de CEOMA, José Luis Fernández Santillana, incide en la apuesta por el modelo de autonomía personal que plantea esta reforma, al ofrecer más opciones a las personas dependientes para que puedan elegir “cómo y dónde son cuidados”, aunque también ha recordado que, para que las medidas planteadas sean realmente efectivas, “se debe cumplir con la inversión destinada a medios y las ayudas asignadas deben ser inmediatas”.

Aumentar de forma suficiente y estable los recursos económicos

El Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD) apoya la aprobación de la nueva Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas, pero advierte de que el éxito de la reforma no se medirá por el número de derechos reconocidos en el BOE, sino por la capacidad de las administraciones para hacerlos efectivos en la vida diaria de las personas.

La organización considera que la nueva ley puede suponer un avance histórico para el sistema de cuidados y apoyos, pero alerta de que el incremento de derechos no viene acompañado de garantías suficientes sobre la financiación futura necesaria para hacerlos realidad de forma homogénea en toda España.

Como señala la vicepresidenta de CEDDD, Mar Ugarte, «nadie puede estar en contra de ampliar derechos. Nosotros los hemos defendido siempre. Pero cuando aumentan las prestaciones, los servicios y las obligaciones del sistema, también deben aumentar de forma suficiente y estable los recursos económicos para sostenerlos. De lo contrario, corremos el riesgo de generar frustración y expectativas incumplidas en miles de familias».